lunes, 16 de enero de 2017

20º Comentario - Estatuto de Autonomía para el País Vasco

Identificación
Es un documento original, por lo que es una fuente primaria de naturaleza jurídica y de contenido político. Es un documento público, como toda ley, va dirigido a toda la población española. El autor es colectivo, los representantes de la Asamblea de Parlamentarios Vascos. Fue sometida a referéndum el 25 de octubre de 1979 y el 18 de diciembre de 1978 fue aprobada. Se publicó en el BOE de Madrid, el 22 de diciembre de 1979.
Análisis
Hace saber que las Cortes Generales han aprobado el texto y el Rey Juan Carlos lo ha sancionado.
Art.1 El reconocimiento de Euskadi como nacionalidad diferenciada y el derecho a autogobierno.
Art. 2 Delimita territorialmente la Comunidad Autónoma de Euskadi a los territorios de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra, tendrá que decidirlo.
Art. 3 Cada uno de los territorios podrá conservar o modificar sus propias instituciones.
Art. 6.1 El tratamiento del euskera es similar al del primer Estatuto, carácter de lengua oficial.
Art. 17.1 Se autoriza al Gobierno Vasco a la constitución de la Policía Autónoma.
La Disposición Adicional hace referencia a la no renuncia del Pueblo Vasco a "derechos históricos que le pudieren corresponder en virtud de su historia".
Contexto histórico
En los últimos tiempos del franquisno y al principio de la Transición hubo una fuerte reivindicación nacionalista en todo España. El País Vasco inició la recuperación de la autonomía, obtenido con el Estatuto de 1936.
Adolfo Suárez atendió estas demandas en 1977 e inició contactos con Tarradellas, para iniciar un proceso preautonómico anterior a la redacción de la Constitución. En el País Vasco también se reclamaban concesiones autonomistas. La situación político-social era muy compleja:
- Existía un poderoso movimiento obrero y una dura crisis.
- Se reivindicaba la recuperación del Estatuto de 1936, apoyada por las clases medias, los trabajadores y el clero.
- Surgió organizaciones radicales como ETA y habían ganado prestigio social con el asesinato de Carrero Blanco y con el Juicio de Burgos.
El proyecto de Estatuto fue elaborado por los diputados y senadores vascos de las cuatro provincias. Antes de la aprobación de la Constitución, se creó en Consejo General Vasco, presidida por Rubial y, más tarde, por Garaikoetxea. Redactó el texto definitivo y lo negoció con el gobierno.
Se aprobó tras la aprobación de la Constitución en 1979, antes que el catalán. Se sometió a referéndum y fue aprobado. En las primeras elecciones autonómicas ganó PNV y Garaikoetxea fue nombrado Lehendakari
Conclusión

El Estatuto reconoció la realidad nacional vasca y reguló las normas del autogobierno del País Vasco. Dejó la posibilidad de la entrada de Navarra en la Comunidad Autónoma Vasca, si lo desean. Al Estatuto se añadió la recuperación del Concierto Económico. El gobierno vasco tendrá autonomía fiscal y financiera con la recuperación de las Haciendas forales.

19º Comentario - La Constitución Española de 1978

Identificación
Es un documento original, por lo que es una fuente primaria de naturaleza jurídica y de contenido político. Es un documento público, como toda ley, va dirigido a toda la población española. El autor es colectivo, los diputados de las Cortes Generales. La redacción fue obra de la comisión constitucional formada por 7 diputados de diferentes partidos políticos, la aprobación se produjo en las Cortes. Se publicó en el BOE de Madrid, el 29 de diciembre de 1978.
Análisis
El Rey hace saber que las Cortes han aprobado y ha sancionado el texto constitucional.
Art. 1 España es un Estado social democrático, defenderá la libertad, los derechos, la igualdad, etc. La soberanía nacional reside en el pueblo bajo una Monarquía parlamentaria.
Art.66.1, 98.1 y 117.1 La división de poderes del Estado. Las Cortes Bicamerales tienen el poder legislativo. El gobierno posee el poder ejecutivo y está compuesto por el Presidente, Vicepresidente y los ministros. El poder judicial está en manos de los jueces.
Art. 143.1 regula junto al Art. 151 El ejercicio de la autonomía reconocido en el Art. 2 establece las condiciones que deben cumplirse para constituir Comunidad Autónoma.
Las dos Disposiciones Finales hace referencia a Euskadi y Navarra. En la primera se reconocen los derechos históricos de estos territorios, dichos derechos serán sometidos a la nueva Constitución y al Estatuto de Autonomía. En la segunda derogan la ley de 1839 y la ley de 1876 para poder introducir los fueros en la Constitución.
Contexto histórico
Tras la muerte de Franco se inició la transición hacia la democracia, Juan Carlos fue proclamado rey de España. El Jefe de Gobierno, Arias Navarro presentó su dimisión, el rey nombró en su lugar a Adolfo Suárez, que tiene mucha importancia en la transición. Uno de sus grandes logros fue la aprobación de la Ley para la Reforma Política.
Adoptó unas medidas para celebrar las primeras elecciones democráticas desde la IIª República como: amnistía para los presos políticos, legalización de los partidos políticos, sindicatos, etc. Las elecciones se celebraron en 1977 y triunfó la UCD, formado por Suárez. El segundo partido fue el PSOE, encabezado por Felipe González. El PCE tuvo poco apoyo y los nacionalistas catalanes y vascos tuvieron buenos resultados en sus territorios.
El nuevo gobierno encontró la grave crisis económica. El presidente negoció con las principales fuerzas políticas y firmó los Pactos de Moncloa para asentar la democracia. Para elaborar la Constitución las Cortes se convirtieron en Cortes Constituyentes y se eligió una Comisión Constitucional formada por 7 diputados de diferentes partidos. Durante la redacción se buscó el consenso para evitar los enfrentamientos, por esta razón, algunos artículos eran cierta ambiguos. La Constitución quedó aprobada en 1978.
Conclusión

Tras la muerte de Franco, una de las principales tareas del nuevo Gobierno fue la reconstrucción de la vida democrática en España. La legitimización de todas ellas fue la redacción de la constitución de 1978. Se reconocen los derechos democráticos. Una monarquía parlamentaria, la soberanía popular, un sistema bicameral y la división de poderes, son algunos de sus características más destacados. Es la constitución que está en vigor actualmente en España desde 1978.

18º Comentario - Homilia del obispo de Bilbao Antonio Añoveros

Identificación
Es un documento original por lo que es una fuente primaria. Se trata de un texto narrativo de contenido social y religioso. El autor es individual, Añoveros, obispo de Bilbao. El texto es público, aunque limitado a Bizkaia. El destinatario también es público, el documento es para ser leído en las Iglesias de esa diócesis. Se sitúa año y medio antes de la muerte de Franco.
Análisis
La introducción establece que hay un problema, ante ello, existen dos posiciones: la de quienes afirman que el pueblo vasco está oprimido y exigen el reconocimiento de sus derechos y la de aquellos que niega la acusación y acusan a los anteriores de atentar contra el orden social.
En los dos párrafos siguientes define la tesis central de la homilía: el pueblo vasco tiene unas características propias entre los que destaca su lengua milenaria. El pueblo vasco tiene derecho de conservar su identidad en todos sus aspectos.
En el último párrafo fija la postura de la Iglesia: a favor del reconocimiento por parte del Estado de las peculiaridades vascas y del derecho a desarrollarlas sin impedimento.
Contexto histórico
La Iglesia española fue un pilar para los sublevados contra la República y para la Dictadura de Franco. Sin embargo, desde la guerra civil y los primeros años del franquismo hubo una actitud diferente en la Iglesia vasca. En 1944 se produjo la primera denuncia del régimen de Franco ante el Vaticano por parte de un grupo de sacerdotes vascos.
En 1960, 339 sacerdotes firmaron "Los sacerdotes vascos ante el momento histórico actual". La designación del Papa y el Concilio Vaticano II supuso un cambio de actitud del Vaticano ante el franquismo. Numerosos sacerdotes incluyen referencias sociales y políticas en sus sermones y fueron multados, juzgados y condenadas penas de cárcel en Zamora.
Los franquistas nombran a Añoveros como Obispo de Bilbao para controlar la situación de protesta. Sin embargo, su mandato resultó muy polémico. En 1973 en la prisión de Zamora seis sacerdotes hacen huelga de hambre y sus celdas fueron incendiadas.
En 1974, el Añoveros envió esta homilía que contenía un juicio contra España y decidieron expulsar a Añoveros de España. La Santa Sede defendía al obispo y amenazó con la excomunión a miembros del gobierno de Franco. Finalmente, las autoridades renunciaron a actuar contra Añoveros.
Conclusión

Durante la Dictadura de Franco, la Iglesia en el País Vasco, tuvo importantes gestos de oposición, sobre todo a partir del Concilio Vaticano II. Las demandas de libertad se hicieron habituales a partir de los 60, se hacen huelgas de hambre, manifiestos, encierros, etc. El texto comentado es muy significativo, plasmó la actitud crítica contra la dictadura.

17º Comentario - Ley Sobre El Estatuto Del País Vasco

El texto que voy a comentar es un fragmento de la Ley sobre el Estatuto de País Vasco de 4 de octubre de 1936.
Identificación
Es un documento original, por lo que es una fuente primaria de naturaleza jurídica y de contenido político. Es un documento público, como toda ley, dirigido a toda la población vasca y española. El autor es colectivo, los diputados de las Cortes republicanas reunida en Valencia por la guerra civil. Se publicó en la Gaceta de Madrid y en el Boletín Oficial del País Vasco al principio de octubre de 1936.
Análisis
El fragmento está compuesto por 3 de los 14 artículos del Estatuto y la primera de las cuatro disposiciones transitorias que lo completan.
Art.1 Esta Ley se aplica en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, como Región Autónoma dentro del Estado español. Las fuentes jurídicas sobre las que se basa este hecho son la Constitución de 1931 y el propio Estatuto. Cada una de las provincias se gobernarán autonómicamente y tendrá como lenguas oficiales el vascuence y el castellano.
Art.5 Permite al Gobierno Vasco tener su propia policía para mantener el orden público.
Art.10 Reafirma dos principios fundamentales: la soberanía popular y la división de poderes. Ambas cuestiones deben ejercitarse de acuerdo con la Constitución. El órgano legislativo regional debe ser elegido por sufragio universal, que no pudo hacer por las circunstancias de la guerra y que el presidente de la Comunidad Autónoma es el representante de la región en sus relaciones con la República.
La primera de las disposiciones transitorias refleja la inestabilidad del momento, que impiden un normal funcionamiento del Estatuto. Se establece que mientras duren esas circunstancias, se formará un Gobierno provisional, cuyo presidente será elegido por los concejales que pueden votar libremente y el presidente elegirá a los miembros del gobierno.
Contexto histórico
La proclamación de la República en 1931, inició el proceso de establecer una autonomía vasca que había sido negado durante la Restauración. El principal impulsor fue el PNV, que no participó en el Pacto de San Sebastián, provocando recelo entre los republicanos. Los carlistas, defensores de los fueros, también eran partidarios de la autonomía, aunque eran contrarios al régimen republicano. Por eso, la proclamación de la República no supuso la inmediata concesión de autonomía al País Vasco, como sí ocurrió en Cataluña.

Para lograrla se fueron redactando sucesivos proyectos de Estatuto. El primero, proyecto de la Sociedad de Estudios Vascos, se convirtió tras una serie de correcciones, en el Proyecto de Estella, ambos en 1931. Este último tenía el apoyo político de PNV y de los Carlistas, pero incluía aspectos contrarios a la Constitución de 1931, lo que hizo imposible aprobar en las Cortes españolas. La adecuación del proyecto vasco a la Constitución se realizó con el Estatuto de las Gestoras, que llegó a ser aprobado en 1933, pero quedó paralizado por el triunfo de la coalición conservadora en las elecciones de ese mismo año.

16º Comentario - Congreso de Munich

Identificación:
Es un texto original por lo que es una fuente primaria de carácter político. El autor es colectivo, miembros de la delegación española en el Congreso. Su destinatario es público y está fechado en la etapa del desarrollismo económico del franquismo en Munich.
Análisis:
La introducción fija que, para que un país ingrese en la CEE, debiera cumplir unas condiciones desde el punto de vista democrático, los aspectos recogidos en la Convención Europea de Derechos del Hombre a la Carta Social europea.
1.- La obligatoriedad de la existencia de instituciones democráticas que garanticen que el gobierno se basa en el "consentimiento de los gobernados".
2.- Deben tenerse garantizados los derechos humanos en especial los de la libertad individual y los de la libertad de expresión.
3.- Debe reconocer el derecho a la configuración de entes territoriales autonómicos dentro del Estado.
4.- El derecho a la libertad sindical y derecho de los trabajadores, sobre todo el derecho de huelga.
5.- La necesidad de la existencia de partidos y del reconocimiento de la oposición.
En el último párrafo manifiestan la esperanza de que las anteriores condiciones acaben por cumplirse, que la evolución política en España se produzca de manera pacífica y que así pueda incorporarse a la Europa democrática.
Contexto Histórico:
Los 60 fueron años de profundos cambios económicos y sociales, pero el sistema político era de carácter inmovilista. Se iniciaba el desarrollismo para salir de la marginación internacional. Tras el Concilio del Vaticano II, parte de la iglesia se alejaron del régimen franquista. El movimiento obrero se organizó de forma clandestina y unió a las reivindicaciones laborales una fuerte concienciación antifranquista. El movimiento estudiantil se extendió y los movimientos nacionalistas se reforzaban cada vez más y se creó ETA. La represión era la respuesta.
La política exterior pasó a manos de ministros tecnócratas que impulsaron una nueva orientación alejada del fascismo. España pide en 1962 ingresar en la CEE, sin éxito, pero sí un acuerdo económico preferencial.
Ese mismo año se reúne en Munich el Congreso del Movimiento Europeo al que asistió un grupo de la derecha liberal. Consiguieron que el Congreso aprobara la Resolución analizada en la que no se admitiera a España entrar en la CEE hasta que no se cumplen una serie de requisitos democráticos.
La prensa franquista organizó un enorme escándalo contra el "Contubernio de Munich", definido como un ataque internacional a la estabilidad de la política española y sus miembros fueron considerados traidores, enemigos de España. El régimen exilió a varios de los asistentes, a otros los confinó en Canarias y se suspendió el Fuero de los Españoles. El régimen organizó manifestaciones y actos de adhesión a Franco
Conclusión:

La resolución del Congreso de Munich no tuvo un efecto político práctico, pero significó un escándalo internacional y de carácter represivo del franquismo. La entrada en la CEE no se producirá hasta 1985.