• Identificación
Es un documento original por lo que es una fuente
primaria de naturaleza jurídica y de contenido político. Es un documento
público como toda ley que debe ser conocida y publicitada, por lo tanto, se
publica en la Gaceta de Madrid. El autor es colectivo ya que la ley emana del
Parlamento español. Sin embargo, fue Cánovas del Castillo, Jefe del Gobierno, líder
del partido Liberal Conservador y Alfonso XII, quienes la firman. Está fechado
el 21 de julio de 1876, en Palacio real.
• Análisis
El primer párrafo es la introducción oficial del decreto.
Al mismo tiempo nos manifiesta que ha sido decretado por las Cortes.
Art. 1 y 2 hacen referencia a la abolición de los
derechos que poseían los vascos de no ir a la guerra, es decir, no verse
afectados por las quintas.
Art. 3 hace referencia a la supresión del sistema fiscal,
ahora todos tienen que pagar lo que les corresponda.
Art. 4 hace referencia a la autorización que se le da al
gobierno de negociar, si lo cree oportuno, con las regiones vascongadas alguna
reforma posible en su sistema foral para asegurar el bien de sus habitantes.
• Contexto histórico
El conflicto carlista no terminó con el Acuerdo de
Bergara. Durante el Sexenio Democrático, el nieto de Carlos Mª Isidro, Carlos
VII, rechazó la monarquía de Amadeo I y reclamó de nuevo sus derechos a la
corona. Se inició la IIIª Guerra Carlista, que se desarrolló en Cataluña,
Navarra y el País Vasco. La debilidad de los republicanos favoreció a los
Carlistas que crearon una estructura estatal en Estella y dominaron la mayor
parte del territorio vasco, excepto las capitales.
La llegada de Alfonso XII, redujo los apoyos monárquicos
y de la Iglesia a los carlistas y permitió la reorganización de las tropas
reales. El propio monarca se puso al frente del ejército del norte y consiguió
una rápida victoria que dio estabilidad a su monarquía, Carlos VII abandonó
España y el final de la guerra no se negoció con un pacto.
Tras la guerra, Cánovas del Castillo eliminó los aspectos
que se conservaban de los fueros con la Ley de 21 de julio de 1876. Como los
liberales vascos habían apoyado a Alfonso XII, reestableció la autonomía fiscal
bajo el nombre de "Concierto Económico". La
base de este nuevo sistema sería el CUPO.
• Conclusión
La abolición definitiva de los Fueros Vascos, obligó a
los habitantes el servicio militar y pagar impuestos como el resto de los
españoles. Tras esta Ley sólo quedará vigente la autonomía fiscal bajo la
fórmula del "Concierto Económico". La
pérdida de los fueros será un tema vivido con gran intensidad en la sociedad
vasca posterior a su abolición y dará origen a una corriente reivindicativa
asumida por carlistas, por algunos grupos liberales y por el nacionalismo
vasco, tras su fundación por Sabino Arana.
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