lunes, 16 de enero de 2017

5º Comentario - Ley Abolitoria de Los Fueros Vascos

• Identificación
Es un documento original por lo que es una fuente primaria de naturaleza jurídica y de contenido político. Es un documento público como toda ley que debe ser conocida y publicitada, por lo tanto, se publica en la Gaceta de Madrid. El autor es colectivo ya que la ley emana del Parlamento español. Sin embargo, fue Cánovas del Castillo, Jefe del Gobierno, líder del partido Liberal Conservador y Alfonso XII, quienes la firman. Está fechado el 21 de julio de 1876, en Palacio real.
• Análisis
El primer párrafo es la introducción oficial del decreto. Al mismo tiempo nos manifiesta que ha sido decretado por las Cortes.
Art. 1 y 2 hacen referencia a la abolición de los derechos que poseían los vascos de no ir a la guerra, es decir, no verse afectados por las quintas.
Art. 3 hace referencia a la supresión del sistema fiscal, ahora todos tienen que pagar lo que les corresponda.
Art. 4 hace referencia a la autorización que se le da al gobierno de negociar, si lo cree oportuno, con las regiones vascongadas alguna reforma posible en su sistema foral para asegurar el bien de sus habitantes.
• Contexto histórico
El conflicto carlista no terminó con el Acuerdo de Bergara. Durante el Sexenio Democrático, el nieto de Carlos Mª Isidro, Carlos VII, rechazó la monarquía de Amadeo I y reclamó de nuevo sus derechos a la corona. Se inició la IIIª Guerra Carlista, que se desarrolló en Cataluña, Navarra y el País Vasco. La debilidad de los republicanos favoreció a los Carlistas que crearon una estructura estatal en Estella y dominaron la mayor parte del territorio vasco, excepto las capitales.
La llegada de Alfonso XII, redujo los apoyos monárquicos y de la Iglesia a los carlistas y permitió la reorganización de las tropas reales. El propio monarca se puso al frente del ejército del norte y consiguió una rápida victoria que dio estabilidad a su monarquía, Carlos VII abandonó España y el final de la guerra no se negoció con un pacto.
Tras la guerra, Cánovas del Castillo eliminó los aspectos que se conservaban de los fueros con la Ley de 21 de julio de 1876. Como los liberales vascos habían apoyado a Alfonso XII, reestableció la autonomía fiscal bajo el nombre de "Concierto Económico". La base de este nuevo sistema sería el CUPO.
• Conclusión

La abolición definitiva de los Fueros Vascos, obligó a los habitantes el servicio militar y pagar impuestos como el resto de los españoles. Tras esta Ley sólo quedará vigente la autonomía fiscal bajo la fórmula del "Concierto Económico". La pérdida de los fueros será un tema vivido con gran intensidad en la sociedad vasca posterior a su abolición y dará origen a una corriente reivindicativa asumida por carlistas, por algunos grupos liberales y por el nacionalismo vasco, tras su fundación por Sabino Arana.

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